⚖️ HERRAMIENTA OFICIAL REFERENCIAL JUR.PELey N° 30550 • Arts. 472/481 C.C.

Calculadora de Pensión de Alimentos en el Perú (2026)

Calcula la canasta real de subsistencia de tu hijo, cuantifica el valor legal del trabajo de cuidado no remunerado y obtén una propuesta dineraria procesalmente defendible ante el Juzgado de Paz Letrado.

🛡️ Sin abogado obligatorio (Ley 31464)💵 100% Exonerado de tasas judiciales📊 Tope legal: 60% del ingreso (Art. 648 CPC)🏛️ RMV base presunta: S/ 1,025

1. Gastos Reales Mensuales del Menor

Total: S/ 1450.00

Ingresa las cifras de la canasta mensual. Puedes marcar si tienes comprobantes o si requerirás valoración prudencial judicial (Art. 481 C.C.).

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⚖️ Criterio Jurisprudencial (Art. 481 C.C.): Si no cuentas con recibos de todo, el Juez de Paz Letrado tiene el deber de estimar con criterio prudencial los rubros básicos de subsistencia del menor.
Resumen de Viabilidad Procesal
Petición Dineraria Sugerida
S/ 525.00
30% de sus ingresos netos declarados
Canasta del Menor
S/ 1450.00
Aporte en Cuidados
100% especie
Rango Probable Juzgado
S/ 345 - 525
Tope Embargo 60% CPC
S/ 900.00
Pensión en Dinero (70%)Cuidado en Especie (30%)
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¿Vas a presentar la demanda?

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Preguntas Frecuentes

Lo que debes saber antes de demandar alimentos en Perú

Respuestas fundamentadas en el Código Civil, Ley N° 30550, Ley N° 31464 y el Código Procesal Civil.

La Ley N° 30550 incorporó al Artículo 481 del Código Civil un principio elemental: el trabajo doméstico no remunerado y el cuidado integral de los hijos que realiza el progenitor custodio es considerado formalmente como aporte económico efectivo en especie. Por lo tanto, no se divide el presupuesto 50/50 en dinero; quien cuida aporta su tiempo y labor, y quien no convive con el menor debe asumir preferentemente entre el 70% y el 75% del costo dinerario líquido.