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Materia Legal

Reduccion de Alimentos

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Sobre esta Materia

Orientación Legal y Estrategias Procesales sobre Reduccion de Alimentos

La plataforma Jur.pe cuenta con especialistas verificados en Reduccion de Alimentos dentro del área de Familia Civil.

Nuestro sistema integra las distintas vías de solución (extrajudiciales y judiciales) para brindarle claridad en cada etapa de su caso.

Rutas de Justicia Disponibles

Caminos y vías que el ciudadano puede tomar para resolver este conflicto.

Demanda de Reducción o Exoneración de Pensión de Alimentos
Modificación legal por disminución drástica de ingresos o mayoría de edad con autosuficiencia

Si atraviesas una enfermedad grave, perdiste tu empleo formal, nacieron nuevos hijos que dependen de ti o el alimentista cumplió 18 años y no estudia con éxito, la ley peruana contempla la reducción o exoneración formal de la pensión.

Requisito de Procedibilidad Ineludible (Art. 565-A del CPC):

Para que el juzgado admita tu demanda de reducción o exoneración de alimentos, es obligatorio acreditar que te encuentras al día en el pago de las pensiones devengadas o que has garantizado su pago. Demandar debiendo cuotas anteriores provocará el rechazo liminar de tu demanda.

Causales legítimas para solicitar reducción o exoneración:
  • Disminución involuntaria y permanente de ingresos: Despido intempestivo, quiebra comercial o incapacidad médica sobrevenida comprobada por ESSALUD o MINSA.
  • Nacimiento de nuevos hijos dependientes: Deber de proveer a todos los hijos por igual sin discriminación.
  • Exoneración por mayoría de edad: Cuando el hijo cumple 18 años y no cursa estudios universitarios o técnicos exitosos, o al cumplir los 28 años de edad.
Prevención Legal Jur.pe: Nunca reduzcas ni dejes de pagar la pensión de forma unilateral sin autorización del juez; hacerlo generará denuncias penales por omisión a la asistencia familiar y órdenes de captura.

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