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Materia Legal

Designacion de Apoyos y Salvaguardias

Parte del proceso

Sobre esta Materia

Orientación Legal y Estrategias Procesales sobre Designacion de Apoyos y Salvaguardias

La plataforma Jur.pe cuenta con especialistas verificados en Designacion de Apoyos y Salvaguardias dentro del área de Familia Civil.

Nuestro sistema integra las distintas vías de solución (extrajudiciales y judiciales) para brindarle claridad en cada etapa de su caso.

Rutas de Justicia Disponibles

Caminos y vías que el ciudadano puede tomar para resolver este conflicto.

Designación Notarial de Apoyos y Salvaguardias (DL 1384)
Reconocimiento de la capacidad jurídica plena de personas con discapacidad ante Notario

El Decreto Legislativo 1384 transformó el derecho civil peruano al eliminar la figura arcaica de la interdicción civil para personas con discapacidad, consagrando que toda persona tiene plena capacidad de ejercicio y derecho a manifestar su voluntad con los apoyos que libremente elija.

Vía Notarial Rápida (Persona que puede manifestar su voluntad):

Si la persona con discapacidad física, sensorial o intelectual leve puede manifestar su voluntad por cualquier medio (hablado, escrito, lengua de señas o gestos), acude ante Notario Público para designar a una o más personas de su confianza como sus Apoyos, estableciendo el alcance de su ayuda (trámites bancarios, médicos o pensiones) y las Salvaguardias para evitar abusos o influencias indebidas.

Ventajas del trámite notarial:
  • Trámite no contencioso concluido en 2 a 4 semanas.
  • Escritura Pública inscrita en el Registro Personal de la SUNARP.
  • Evita acudir a un juicio largo en el Poder Judicial.
Acompañamiento Jur.pe: Redactamos la minuta notarial asegurando que el banco, ONP, AFP o Essalud reconozcan plenamente las facultades del apoyo designado.
Designación Judicial de Apoyos y Salvaguardias (Discapacidad Severa)
Nombramiento judicial cuando la persona no puede manifestar su voluntad de forma indubitable

Cuando una persona se encuentra en estado de coma, sufre de deterioro cognitivo severo (Alzheimer avanzado) o una condición médica que le impide comunicar su voluntad por cualquier medio, la designación de apoyos debe realizarse ante el Juzgado de Familia.

Procedimiento No Contencioso Judicial:

Cualquier familiar directo (cónyuge, hijos, padres, hermanos) puede interponer la solicitud ante el Juzgado Especializado de Familia. El juez nombra a un apoyo judicial acreditando el mejor interés de la persona, sus preferencias previas a la enfermedad y dictando las salvaguardias periódicas de rendición de cuentas.

Finalidad de la sentencia judicial:
  • Permite a los familiares administrar pensiones de jubilación, cuentas bancarias y autorizar tratamientos quirúrgicos de emergencia.
  • Protege el patrimonio de la persona frente a fraudes, estafas o apropiaciones ilícitas de terceros.
  • Inscripción obligatoria en el Registro Personal de la SUNARP.
Acompañamiento Jur.pe: Gestionamos el proceso judicial con celeridad para que no se paralicen las atenciones médicas ni el cobro de fondos previsionales del familiar vulnerable.

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