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Materia Legal

Aumento de Alimentos

Parte del proceso Proceso Único (CNA)

Sobre esta Materia

Orientación Legal y Estrategias Procesales sobre Aumento de Alimentos

La plataforma Jur.pe cuenta con especialistas verificados en Aumento de Alimentos dentro del área de Familia Civil.

Nuestro sistema integra las distintas vías de solución (extrajudiciales y judiciales) para brindarle claridad en cada etapa de su caso.

Rutas de Justicia Disponibles

Caminos y vías que el ciudadano puede tomar para resolver este conflicto.

Aumento de Pensión de Alimentos (Conciliación vs Demanda)
Actualización formal por mayores necesidades del menor o incremento de ingresos del obligado

La pensión de alimentos nunca es definitiva ni inmutable. Si tus hijos han crecido, han ingresado al colegio, academia o universidad, o el obligado percibe un salario mayor que cuando se dictó la pensión inicial, la ley ampara el reajuste inmediato del monto.

Fundamento Legal del Aumento (Art. 482 del Código Civil):

La pensión de alimentos se modifica cuando cambian las circunstancias: bien porque las necesidades de quien los recibe aumentaron (adolescencia, salud especializada, educación superior) o porque las posibilidades económicas del obligado mejoraron notablemente (ascensos, nuevos negocios, adquisición de bienes).

Vías de acción disponibles en el Perú:
  • Vía Conciliatoria Previa (Requisito Obligatorio): Antes de demandar judicialmente, la Ley de Conciliación exige invitar al obligado a un Centro de Conciliación Extrajudicial. Si acepta el incremento, el trámite concluye en una semana.
  • Vía Judicial ante Juzgado de Paz Letrado: Si la conciliación fracasa, se interpone la demanda de aumento aportando las pruebas del cambio sustancial de circunstancias.
Estrategia Jur.pe: Te ayudamos a recolectar pruebas contundentes de los nuevos ingresos del demandado (Ficha RUC, propiedades en SUNARP, viajes al exterior) para que el juez admita el aumento sin dilaciones.

Flujo del Proceso Judicial

Etapas y plazos de ley si el caso se tramita en sede judicial.

10. Presentación y Calificación de Demanda
Plazo: 5 días Días Hábiles Paso Inicial
15. Medida Cautelar de Asignación Anticipada de Alimentos (Art. 675 CPC)
Plazo: 5 días Días Hábiles
20. Subsanación de Demanda
Plazo: 3 días Días Hábiles
30. Traslado y Contestación de Demanda
Plazo: 5 días Días Hábiles
40. Audiencia Única (Conciliación, Pruebas y Sentencia)
Plazo: 10 días Días Hábiles
50. Emisión de Sentencia
Plazo: 5 días Días Hábiles
60. Recurso de Apelación contra Sentencia
Plazo: 3 días Días Hábiles
65. Liquidación de Pensiones Devengadas e Intereses Legales (SBS)
Plazo: 3 días Días Hábiles
70. Ejecución de Sentencia (Liquidación de Pensiones / REDAM)
Plazo: 10 días Días Hábiles
75. Inscripción en REDAM e Impedimento de Salida del País (Ley 28970)
Plazo: 5 días Días Hábiles
80. Archivo Definitivo
Plazo: 5 días Días Hábiles
85. Remisión de Copias Certificadas al Ministerio Público (Delito OAF Art. 149 CP)
Plazo: 10 días Días Hábiles

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